Florida es uno de los estados más regulados en la aplicación de plaguicidas. La ley de plaguicidas de Florida está dividida bajo 3 capítulos bajo los estatutos del estado. Estos son los capítulos 388, 482 y 487. Los aplicadores de plaguicidas deben conocer sobre estas leyes para así confirmar que tipo de licencia será requerida dependiendo del trabajo y el área donde se desee asperjar el plaguicida.
Capítulo 388
En este capítulo encontramos las licencias de plaguicidas pertinentes a salud pública. Si desea conocer más sobre los estatutos de Florida capítulo 388 haga clic aquí. Algunas de las licencias bajo este capítulo son las siguientes:
- Salud Pública (“Public Helath”) – Control de mosquitos y otras plagas pertinentes a la salud pública. Esta licencia es solo para empleados públicos.
- Director de Control de Mosquitos (“Mosquito Control Director”) – Esta licencia es requisito para todos los directores de control de mosquitos. Para obtener esta licencia es requisito tener una licencia en Salud Pública.
Capítulo 482
En este capítulo encontramos todas las licencias pertinentes a aplicaciones en o alrededor de estructuras como edificios y jardines. Si desea conocer más sobre los estatutos de Florida capítulo 482 haga clic aquí. Algunas licencias bajo este capítulo son las siguientes:
- Césped y Ornamentales Limitados (“Limited Lawn & Ornamental”) – Esta licencia también conocida como LLO por sus siglas en inglés, es para empleados gubernamentales y de empresas privadas que trabajan en el césped y las plantas ornamentales alrededor de estructuras que les perezcan a sus empleadores (no pueden cobrar por servicios a nivel comercial).
- Estructural Limitado (“Limited Structural”) – Esta licencia es para empleados gubernamentales y empresas privadas realizando control de plagas en estructuras. Las personas bajo esta licencia no pueden trabajar por contrato (no pueden cobrar por servicios a nivel comercial).
- Mantenimiento de Jardines Comercial Limitado (“Limited Commercial Landscape Maintenance”) – Esta licencia también conocida como LCLM por sus siglas en inglés, es para profesionales que tratan plantas ornamentales alrededor de edificios. Esta licencia es requisito para cualquier tipo de profesional que desee asperjar a nivel comercial sin experiencia previa. Los aplicadores bajo esta licencia están limitados a utilizar rociadores de solo 5 galones, no se permite el uso de equipo motorizado y no pueden asperjar el césped.
- Vida Silvestre Limitada (“Limited Wildlife”) – Esta licencia permite atrapar y excluir roedores en una estructura. No se permite el uso de trampas ni plaguicidas, la licencia es estrictamente para la exclusión y captura de roedores sobre o debajo de estructuras.
- Licencias de Operador de Control de Plagas (“Pest control Opperator (PCO)”) – Existen varias licencias comerciales conocidas como las licencias de Operador de Control de Plagas o PCO por sus siglas en inglés. Estas licencias están diseñadas para aplicadores con experiencia previa o educación pertinente en control de plagas que ofrecerán servicios de aplicación de plaguicidas por contrato (Cobrarán por los servicios de aplicación). Bajo esta categoría de licencias encontramos:
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- Plagas Domésticas Generales (“General Household Pest”) – Para atrapar o controlar plagas domésticas y roedores dentro y alrededor de los edificios.
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- Organismos Destructores de la Madera (“Wood-Destroying Organisms”) – Control o inspección de termitas y otros organismos que destruyen la madera en y alrededor de estructuras, incluyendo los jardines.
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- Fumigación Estructural (“Structural Fumigation”) – Fumigación de estructuras para organismos destructores de la madera.
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- Césped y Ornamentales (“Lawn and Ornamental”) – Control de plagas en el césped y las plantas ornamentales dentro y alrededor de las estructuras.
Capítulo 487
Las licencias que no pertenecen a los capítulos 388 o 482 pertenecerán al capítulo 487. Bajo este capítulo encontramos licencias de ámbito agrícola, ambiental, entre otras. Si desea conocer más sobre los estatutos de Florida capítulo 487 haga clic aquí. Algunas licencias bajo este capítulo son las siguientes:
- Aplicador Privado (“Private Applicator”) – Esta licencia es para llevar a cabo aplicaciones de plaguicidas en cultivos, ganado u otros productos agrícolas que sean solamente en la propiedad del aplicador, ya sea el aplicador el dueño directo del terreno o en un terreno arrendado.
Las siguientes licencias pueden ser tanto públicas como comerciales:
- Cultivos Agrícolas en Surcos (“Agricultural Row Crop”) – Esta licencia es para el control de plagas en cultivos (no se incluyen los árboles); incluye cultivos en surcos, granos, forrajes, hortalizas, frutas pequeñas en plantas que no sean árboles, pastos (excluyendo césped para tepes) y otras tierras agrícolas en barbecho. El uso de fumigantes restringidos requiere una licencia de fumigación de suelos e invernaderos.
- Cultivo de Árboles Agrícolas (“Agricultural Tree Crop”) – Aplicaciones de plaguicidas a cultivos agrícolas arbóreos; incluye cítricos, arándanos, nueces, o cultivos de arbustos/árboles leñosos. El uso de fumigantes restringidos requiere licencia de fumigación de suelos e invernaderos.
- Fumigación de Suelos e Invernaderos (“Soil and Greenhouse Fumigation”) – Inyecciones o aplicaciones de fumigantes a suelos en el campo en plantas en contenedores, tierra para macetas, césped, y plantas ornamentales no asociadas con estructuras; o dentro de estructuras agrícolas cerradas como invernaderos donde se lleva a cabo alguna actividad agrícola.
- Animales Agrícolas (“Agricultural Animal”) – Aplicaciones directamente a animales o en lugares donde se mantienen o confinan animales (incluye cerdos, ganado vacuno, ovejas, caballos, peces, aves de corral, abejas y otros animales agrícolas).
- Ornamentales y Césped (“Ornamental and Turfgrass”) – Para el control de plagas en plantas ornamentales en viveros o en mantenimiento de árboles, arbustos, flores o césped. Esta licencia también incluye aplicaciones en el césped que crece dentro o sobre cementerios, campos de golf, parques o campos deportivos. No se incluye césped o plantas ornamentales alrededor de estructuras. El uso de fumigantes restringidos requiere una licencia de fumigación de suelos e invernaderos.
- Acuática (“Aquatic”) – Control de plagas en cuerpos de agua, (estanques, lagos o aguas con corrientes), orillas o costas. Quienes realicen inyecciones de cloro gaseoso o realicen tratamientos con fines de salud pública deben referirse a sus respectivas categorías.
- Áreas Naturales (“Natural Areas”) – Manejo de vegetación no deseada para proteger ecosistemas naturales de tierras de conservación, recreación y otras áreas naturales.
- Derecho de Paso (“Right of Way”) – Mantenimiento de áreas transitadas en lugares asociados a la vía pública, energía eléctrica, tuberías, ferrocarriles y otras áreas similares. El uso de fumigantes restringidos requiere una licencia de Fumigación de suelos e invernaderos.
Conclusión
Florida consta con un sinnúmero de diferentes licencias de plaguicidas. Es de suma importancia antes que usted decida solicitar una licencia sepa cual categoría es la que usted necesita dependiendo del trabajo que desea realizar. Si usted tiene dudas sobre que licencia es la correspondiente para usted comuníquese con su agente de extensión local.
Para conocer acerca de los conceptos legales de las licencias de plaguicidas en Florida, algunos recursos disponibles para los aplicadores y como solicitar su licencia de plaguicidas, revise la parte 1 de este blog aquí:
Si desea material de estudio complementario para ayudarlo a completar su examen General (“CORE”) de plaguicidas acceda el siguiente enlace:
Para más información sobre las diferentes licencias de plaguicidas en florida Acceda las siguientes publicaciones de “Ask IFAS”:
“FINDING THE CORRECT PESTICIDE APPLICATOR LICENSE IN FLORIDA”
“LICENSING OF PESTICIDE DEALERS IN FLORIDA”
Este blog fue escrito con la ayuda de Jonael Bosuqes, “UF/IFAS Extension Hardee County.”
La Universidad de Florida es una Institución de Igualdad de Oportunidades